Ejecución Hipotecaria, Subasta, Deshaucio, Dacion en Pago total o parcial, Novación ampliando importe, plazo o solicitando años de carencia.

Suspensión de ejecuciones hipotecarias.

Porque trabajar con Bachofer Abogados

Porque el abogado que lleva su procedimiento es un prestigioso jurista con más de 32 años de experiencia en juicios de ejecuciones hipotecarias, lo que hace de nuestro despacho, uno de los más expertos en derecho hipotecario,en derecho mercantil y bancario.

Experciencia

Porque 32 años de experiencia avalan nuestros resultados. Se trata de uno de los despachos expertos en banca con más antigüedad en España.

Pago

Porque cobramos mayormente a resultados, de ahí nuestra gran implicación.

Éxito

Porque nuestra tasa de éxito es la más alta del mercado, el cliente sigue viviendo en su vivienda durante años sin pagar alquiler, la puede también alquilar, o negociamos para él la dación en pago en pago y la exoneración de cualquier deuda, quedándose libre de deudas.

Conocimiento

Porque nuestros abogados han trabajado en banca y son perfectamente conocedores de la forma que existe para paralizar la ejecución,Deshaucio, subasta o conseguir la dación en pago de su vivienda y la liberación total de la deuda.

Negociación

Porque si paralizamos su procedimiento, nos da tiempo para forzar al banco a negociar una novación, una dación en pago, o cualquier otra solución que le beneficie y que le permita quedarse sin deuda o seguir pagando su hipoteca sin ningún problema.
Al banco no le interesa tener paralizado un activo y provisionar año tras año, por eso, paralizando la ejecución, le interesa siempre negociar

Si le van a desahuciar..O sencillamente no puede pagar su hipoteca

Llámenos, tenemos la solución

La directora del área de derecho bancario, doña María José Pérez, ex empleada de banca con más de 23 años de experiencia en banca, le ofrecerá las alternativas más adecuadas a su caso particular.
Analizamos su situación de manera gratuita y establecemos la estrategia procesal correcta para conseguir la paralización de la ejecución de su hipoteca.

Si le han notificado la ejecución hipotecaria de su vivienda u otro bien inmueble.

23 años de experiencia en banca, como directora de la sucursal más importante de un gran banco, hacen que doña María José Pérez abogado en ejercicio y directora del área jurídica de Bachofer Abogados, conozca todas las alternativas para negociar y conseguir de una manera eficiente la solución a su problema.

Nuestra estrategia procesal consiste en presentar demanda de nulidad de las condiciones generales de la contratación, lo que significa demandar al banco por las cláusulas abusivas de los contratos de préstamo con garantía hipotecaria, y acto seguido, contestar la demanda de ejecución hipotecaria alegando causa pendiente en curso.

De esta forma conseguimos la paralización del procedimiento que puede durar hasta cuatro años.

En España, aproximadamente el 90% de las hipotecas están repletas de este tipo de cláusulas y lo que se solicita en esta demanda es que sean declaradas abusivas y nulas.

Bachofer Abogados presentará dos demandas para poder llevar a cabo esta estrategia jurídica.

Por un lado, la mencionada demanda de nulidad individual de condiciones generales de la contratación y una segunda demanda de solicitud de suspensión de ejecución hipotecaria. El primero de estos documentos se presentará en el Juzgado de lo Mercantil y una vez sellado, será presentado junto con el segundo documento, en el Juzgado de Primera Instancia donde se lleva a cabo la ejecución hipotecaria por el banco.La suspensión del proceso de ejecución es inmediato.

Esta demanda deberá plantearse ante el Juzgado de lo Mercantil que corresponda en cada caso y va a permitir la paralización de los procedimientos de ejecución hipotecaria -que se resuelven en los Juzgados de Primera Instancia-.

Con esta demanda, los clientes de Bachofer Abogados pueden conseguir alargar el proceso hasta cuatro años ya que para que pueda continuar adelante la ejecución hipotecaria, primero es necesario que se resuelva la demanda de lo mercantil. Esto es, el juez debe primero pronunciarse sobre la nulidad.
¡Gran noticia para deudores hipotecarios!

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado en Sentencia de fecha 14 de marzo de 2013 la incompatibilidad de la actual legislación sobre ejecuciones hipotecarias y el Derecho Comunitario. Sostiene el Tribunal que cabe la suspensión del proceso de ejecución en aquellos casos en los que se hayan impugnado por abusivas cláusulas del contrato de préstamo. Tras dicha Sentencia se ha reformado la Ley de Enjuiciamiento Civil incorporando tan importante posibilidad a nuestro ordenamiento.

Recordemos que la abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TUE), Juliane Kokott, dictaminó que la ley española de desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza una protección eficaz de los consumidores frente a posibles cláusulas contractuales abusivas en las hipotecas.

Según la reforma de la Ley, será necesaria en todo caso la existencia de cláusulas en el préstamo que puedan considerarse abusivas. Previo cumplimiento del requisito anterior, es el juez quien debe valorar la apariencia de buen derecho que permita suspender la ejecución hasta tanto sea resuelta la nulidad planteada, pudiendo darse el caso de que sea el propio juez de la ejecución quien valore la existencia de dichas cláusulas sin necesidad de instar un proceso paralelo. En nuestra opinión, la fundamentación de la nulidad que se plantee será determinante sobre la decisión definitiva, tanto de la suspensión como de la nulidad.

Mientras se resuelven los procedimientos judiciales, el deudor tiene tiempo a recuperar su situación económica o nosotros negociar ante el banco la dación en pago de la deuda.

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